En un fallo que marca un precedente contra la discriminación arbitraria, un boliche de Río Cuarto deberá desembolsar 1,2 millones de pesos más intereses a una joven que fue humillada en la puerta del local. El caso, ocurrido en octubre de 2018, expone cómo el "derecho de admisión" puede convertirse en una herramienta de exclusión violenta y dolorosa.
El incidente tuvo lugar en el boliche "No lo cases a Colón", ubicado en el corazón de Río Cuarto, en el interior de Córdoba. La víctima llegó acompañada de dos personas, quienes ingresaron sin problemas ni pedidos de identificación. Sin embargo, a ella le negaron el acceso con la excusa de que "no estaba en la lista", sin siquiera preguntarle su nombre. Días después, la joven presentó una demanda judicial, alegando discriminación basada en "características externas o físicas" arbitrarias.
En primera instancia, el Juzgado en lo Civil y Comercial de Tercera Nominación de Río Cuarto falló a favor de la demandante, otorgándole 400.000 pesos por daño moral. Pero la Cámara de Apelaciones fue más allá: no solo confirmó esta suma, sino que agregó 800.000 pesos por daño punitivo, totalizando 1,2 millones más intereses. Los magistrados Carlos Lescano Zurro, Fernanda Bentancourt y José María Herrán destacaron el "contenido discriminatorio fuerte, violento y doloroso" del episodio. Subrayaron que el boliche violó obligaciones constitucionales y legales de trato digno, desestimando las defensas del local sobre una supuesta "lista" o "cupo agotado", ya que nada de eso fue probado. La jueza Selene López, en su sentencia inicial, concluyó que la restricción fue puramente discriminatoria, un criterio respaldado por la Cámara.
Este veredicto resalta la interpretación restrictiva del derecho de admisión, recordando que no puede usarse para discriminar. Un golpe a los locales que priorizan apariencias sobre derechos humanos.
Otros Casos de Discriminación en Argentina con Indemnizaciones Judiciales
Argentina ha visto varios fallos emblemáticos donde víctimas de discriminación han recibido compensaciones económicas, reforzando la lucha contra estas prácticas. Aquí algunos ejemplos destacados:
Discriminación en un boliche por apariencia física (Buenos Aires, 2018): Una joven identificada como A.J.R.M. fue rechazada en la puerta del boliche Rose in Río por "no dar el target", explícitamente porque era "gorda". La Cámara Civil porteña confirmó una indemnización de 6.680.000 pesos más intereses, incluyendo 4 millones por daño punitivo y costos de tratamiento psicológico. El juez Maximiliano Caia enfatizó: "Las multas deben ser severas para desalentar conductas que ofendan la dignidad".
Despido discriminatorio por maternidad (Tucumán, 2023): Una trabajadora fue despedida poco después de ser madre, violando la Ley de Contrato de Trabajo. La Sala III de la Cámara Laboral ordenó el pago total de indemnizaciones pretendidas, reconociendo la discriminación basada en su condición de maternidad y amparada en tratados internacionales como CEDAW.
Tratamiento discriminatorio laboral (La Pampa, 2023): Un empleado de Alpargatas S.A.I.C., F.C.G., sufrió acoso, suspensiones injustificadas y exclusión de bonos por su personalidad. La Cámara de Apelaciones confirmó una indemnización de 300.000 pesos por daño moral, además de otras por despido injustificado, por violar el deber de trato digno.
Estos casos demuestran que la Justicia argentina está cada vez más atenta a sancionar la discriminación, no solo con palabras, sino con reparaciones económicas que duelen en el bolsillo de los responsables. ¡La igualdad no es opcional!