¡Golpe ambiental! La Corte Suprema frena la explotación petrolera en Jujuy y ordena reparar daños hasta 2030

Sustentabilidad

En un fallo histórico que prioriza la protección del medio ambiente sobre intereses económicos, la Corte Suprema de Justicia de la Nación condenó hoy al Estado Nacional y a la provincia de Jujuy, junto con dos sociedades mineras, a implementar un plan integral para cesar y recomponer el daño ambiental colectivo en el yacimiento Caimancito, ubicado dentro del Parque Nacional Calilegua.

El máximo tribunal ordenó el inmediato freno a la actividad petrolera en el área y en el pozo Ca.e3, declarando que su continuación es "manifiestamente ilegal". Este veredicto, impulsado por vecinos afectados, pone en jaque décadas de negligencia estatal y empresarial, y establece un plazo límite: todo debe estar resuelto para el 31 de diciembre de 2030.

El caso, que se remonta a una acción de amparo iniciada por Silvia Graciela Saavedra, vecina de Lozano, y Héctor Luna, de San Salvador de Jujuy, expone un escándalo de contaminación que amenaza la Reserva de Biósfera de las Yungas, declarada por la UNESCO. Los demandantes acusaron a la Administración de Parques Nacionales, el Estado Nacional, la Provincia de Jujuy, YPF SA, Pluspetrol SA y otras entidades de permitir la explotación hidrocarburífera sin controles adecuados. "La continuación de la explotación hidrocarburífera resulta manifiestamente ilegal, razón por la cual debe cesar", sentenció el fallo firmado por los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti.

Según el tribunal, se acreditó un "daño ambiental ilícito" derivado de pozos inactivos no abandonados correctamente, lo que llevó al colapso del pozo Ca.e3 en 1997 y a la contaminación del arroyo Yuto. De los 34 pozos en Caimancito, solo 12 están activos, mientras que los restantes llevan décadas en estado de abandono pendiente, violando la Resolución S.E. 5/96. El pozo Ca.e3, perforado en 1969, fue ordenado abandonar en 1970, pero nunca se hizo, generando severos impactos en la fauna (como el yaguareté y la taruca), la flora de las Yungas, el paisaje, la biodiversidad y el agua.

La Corte apuntó directamente contra el Estado: "Hubo un claro incumplimiento de los deberes" en la fiscalización, y tanto la Nación como Jujuy deben responder "solidariamente" por los daños, en violación a la Ley de Presupuestos Mínimos de Protección Ambiental de los Bosques Nativos (N° 26.331). Sin embargo, desestimó extender la acción a YPF SA, Pluspetrol SA, la Municipalidad de Yuto y Felipe Frognier, al no probarse su responsabilidad directa en el pozo Ca.e3.

El proceso judicial, que incluyó medidas cautelares en 2021 –como la suspensión inmediata de extracciones–, informes técnicos en 2023 y una audiencia en diciembre de ese año, rechazó propuestas de la provincia para extender el cierre hasta 2049. Los jueces Rosatti y Rosenkrantz calificaron esos plazos como "excesivos y desproporcionados", priorizando la recomposición ambiental y la sustentabilidad para generaciones futuras. Lorenzetti, en su voto, enfatizó la necesidad de armonizar protección ambiental y desarrollo, calificando el conflicto como "policéntrico" y recordando que, en dudas, debe prevalecer la conservación.

Este fallo no solo obliga a un plan de cese y remediación con requisitos técnicos de la Secretaría de Energía y la Administración de Parques Nacionales, sino que reafirma el derecho constitucional a un ambiente sano (art. 41 de la Constitución Nacional). Vecinos celebran: "Es una victoria contra una contaminación que supera los 50 años", declararon, rechazando prórrogas que podrían extender el daño a un siglo.

Otros casos donde la justicia falló a favor del ambiente

Este no es un caso aislado. La jurisprudencia argentina y global muestra un creciente rol de los tribunales en la defensa ambiental. Aquí, algunos ejemplos destacados:

Causa Mendoza (Riachuelo, Argentina): En 2008, la Corte Suprema ordenó el saneamiento de la cuenca Matanza-Riachuelo, uno de los ríos más contaminados del mundo, obligando a gobiernos y empresas a recomponer daños ambientales colectivos. Aunque avances han sido lentos, el fallo estableció precedentes en responsabilidad estatal y participación ciudadana.

Urgenda vs. Países Bajos (global): En 2015, un tribunal holandés obligó al gobierno a reducir emisiones de gases de efecto invernadero en un 25% para 2020, en un caso histórico de litigio climático impulsado por ciudadanos, que inspiró acciones similares en todo el mundo.

Protección de humedales en Entre Ríos (Argentina): En 2019, la Corte Suprema revocó una decisión local y ordenó medidas urgentes para proteger humedales amenazados por actividades agrícolas, criticando el "exceso ritual" que demoraba la justicia ambiental y priorizando el principio precautorio.

Jóvenes de Montana (EE.UU.): En 2023, un juez falló a favor de 16 jóvenes que acusaron al estado de violar su derecho constitucional a un ambiente sano al promover combustibles fósiles, obligando a considerar impactos climáticos en futuras políticas.

Andalgalá contra proyecto MARA (Argentina): En 2024, dos fallos judiciales en Catamarca reconocieron reclamos de asambleas locales, suspendiendo avances mineros por violaciones al derecho a un ambiente sano y ordenando evaluaciones ambientales independientes.

Estos precedentes refuerzan que los tribunales son un frente clave en la lucha ambiental, donde ciudadanos y ONGs logran frenar abusos y exigir responsabilidad. En Jujuy, este fallo podría marcar un antes y un después para parques nacionales amenazados por la industria extractiva.