En una sentencia histórica que prioriza la protección ambiental en Entre Ríos, la Justicia ordenó frenar de inmediato el desmonte ilegal en el Área Natural Protegida Arroyo Perucho Verna, declarada por la ley provincial 11.011. Esta medida, impulsada por un amparo ambiental, obliga a los propietarios a restaurar el bosque nativo dañado, destacando la aplicación de principios como la precaución y la responsabilidad objetiva en la lucha contra la degradación ecológica en Argentina. Palabras clave para SEO: desmonte ilegal Entre Ríos, área protegida Arroyo Perucho Verna, justicia ambiental Argentina, restauración bosque nativo.
La Asociación Civil Arroyo Perucho Salvaje presentó el amparo el 19 de septiembre de 2025, denunciando actividades destructivas en un predio privado dentro del barrio Perucho Vern, en el departamento de Colón. La jueza María José Diz emitió el fallo el 26 de diciembre de 2025, identificando a Francisco Rossier y Milagros Belén Rossier como responsables directos del daño, junto con la Secretaría de Ambiente provincial por fallas en el control. El área afectada, de 1,23 hectáreas con categoría II de conservación, sufrió movimientos de suelo, remoción de vegetación y el relleno de un humedal con tierra extraída, lo que destruyó especies nativas como chañar, coronillo, quebracho blanco, tala y espinillo.
El informe técnico de la perita ingeniera María Silvina Patterer reveló "movimientos de suelo, remoción reciente, huellas de maquinaria pesada y pérdida de cobertura vegetal", confirmando la gravedad del impacto. La resolución judicial exige un plan de recomposición en 15 días, que incluye el reacomodamiento del suelo, el retiro del relleno en el humedal y la plantación de al menos 100 ejemplares de especies forestales nativas en parches naturales. Se prohíben intervenciones mecánicas en el humedal, con un plazo de 12 a 24 meses para la estabilización inicial, bajo supervisión trimestral de la Secretaría de Ambiente y posiblemente del guardafauna Jaime Borda, quien denunció el caso en 2023.
Esta decisión exonera a la Municipalidad de San José, que actuó correctamente al denegar el uso de suelo y labrar actas de infracción, rechazando cualquier responsabilidad municipal. El fallo impone costas a los demandados y establece honorarios según la ley provincial, sentando un precedente clave en la aplicación de la legislación ambiental nacional para proteger áreas naturales provinciales.
En un contexto de crecientes amenazas al medio ambiente, esta victoria judicial refuerza la necesidad de acciones concretas contra el desmonte ilegal, promoviendo la conservación de ecosistemas vitales para la biodiversidad y el equilibrio climático en Entre Ríos y todo el país.
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